¿Qué es la Tasación Peridicial Contradictoria?

Todo lo que debe saber sobre la Tasación Peridicial Contradictoria

Cuando se habla de la Tasación Pericial Contradictoria se refiere al proceso por el cual  puede iniciar el contribuyente, siempre que este se encuentre en desacuerdo frente a la tasación de una vivienda ya hecha, esta ha sido realizada por la administración. Dicha Tasación Pericial Contradictoria se encuentra en el artículo 135 de la Ley 58 del 2003, 17 de diciembre, general Tributaria.

Los temas que se tratan alrededor de la Tasación pericial Contradictoria, se basan generalmente en el descontento del usuario frente al tasación de una vivienda, la cual ha sido hecha anteriormente por un tasador, o en otras situaciones por varios, esto puede acarrear varias discusiones, también procesos en los cuales se necesita buscar la ayuda no solo de un perito, sino de dos y hasta en caso más extremos tres si resulta necesario, normalmente buscando la verificación del valor de tasación estimado, o la comprobación determinando  que el cliente tenía la razón para así iniciar el proceso de sanciones a la administración y dar una correcta estimación, posteriormente iniciando la venta de la casa que ha pasado por el desarrollo de ser tasada.

Pasos a seguir en la Tasación Pericial Contradictoria

 

1) El primer paso para iniciar dicho artículo es decir o afirmar lo siguiente, la presentación de solicitud de tasación pericial contradictoria debe determinar la suspensión de la ejecución de liquidación, y así mismo del plazo interponiendo de esta forma el recurso o reclamación que se realiza contra la misma.

 

2) Una vez hecha y posteriormente promovida la Tasación pericial Contradictoria, será necesario que se realice una valoración detallada y personal por un perito especialista de la administración, así de esta manera se revisará la comprobación del valor de tasación, para dejar echa la diferencia de tasaciones, en la mayoría de los casos la tasación de la casa del perito es muy parecida a la realizada por el tasador.

 

3) El contribuyente por su lado debería contratar los servicios de otro perito, este realizará el proceso de valoración a sus bienes, la hora deberá ponerse a gusto del contribuyente, todo evitando malos entendidos en la totalidad del desarrollo de verificación, tasación y comprobación.

 

4) Si la tasación es igual o menor esta servirá de base para proceder a la liquidación, pero si resulta ser superior deberá asistirse a los servicios de un tercer perito.

 

5) Los servicios del tercer perito ayudarán para ser base en el proceso de liquidación hecho por el contribuyente, y así mismo el valor dado al inicio por la administración tributaria.

 

6) El en caso del tercer perito este podrá pedir o si lo desea exigir, que luego de prestar sus servicios para avalar la base de la liquidación, se haga una provisión de sus honorarios.

 

7) Luego de entregarse la tasación de la vivienda por el tercer perito, se le comunicará al tributario que se le darán 5 días para dar el pago de los honorarios bajo su cargo.

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