¿Cuándo es obligatorio poner un ascensor?

ascensores

Cada vez las personas somos más conscientes de los problemas de accesibilidad que tienen la mayoría de edificios e inmuebles y que pueden impedir, en muchas ocasiones, que algunos de sus vecinos puedan entrar y salir con libertad. Es por eso que la instalación de ascensores es un servicio que no ha hecho más que subir en los últimos años e, incluso, se han establecido leyes que regulan por vía legal la obligación de poner en marcha estos proyectos en una serie de casos en particular que vamos a conocer a continuación. 

Un ascensor puede ser una herramienta realmente útil en una vivienda o comunidad de vecinos, de cara a poder proporcionar un servicio de accesibilidad para todos los residentes de manera que mejore su calidad de vida. Esto es especialmente importante cuando se trata de personas mayores que encuentran muchas dificultades a la hora de subir y bajar escaleras para entrar y salir de la vivienda, así como personas con alguna discapacidad física, permanente o temporal. Pero también puede ser un servicio muy útil para poder mover peso de un piso a otro, como una compra muy pesada o para poder manejar mejor un carrito de bebé sin los inconvenientes que supone hacerlo por las escaleras. 

Aunque es cierto que la instalación de nuevos ascensores en Sevilla ha sufrido un auge en los últimos años, sobre todo de cara a proporcionar este servicio en casas más viejas en las que la mayoría de sus habitantes van alcanzando cierta edad, todavía existen comunidades de vecinos y edificios que encuentran dificultades para poner de acuerdo a todos sus miembros con el fin de iniciar estos proyectos. Es por eso que vamos a ver a continuación algunas situaciones en concreto en las que la instalación de un ascensor pasa a ser obligatoria por ley y que es conveniente que conozcamos si nos encontramos ante este tipo de situaciones en particular. 

Poner de forma obligatoria un ascensor

La ley en nuestro país establece que dentro de una comunidad de vecinos, si una sola persona con discapacidad o mayor de setenta años lo solicita, la instalación del ascensor tiene que ser obligatoria. Esta persona que lo solicite tiene que vivir, trabajar o prestar servicios voluntarios en ese edificio de manera que tiene que hacerlo a través de un propietario del inmueble, y además, la instalación del ascensor tiene que servir para garantizar que se favorezca la accesibilidad. 

ascensor

Cuando se dan todas estas circunstancias, no es necesarios aprobar este proyecto por el resto de vecinos y se tiene que proceder directamente a la instalación del mismo. Hay que tener en cuenta que existen una serie de requisitos importantes que también habría que tener en cuenta, como que el límite del importe que haya que abonar entre todos sea igual a doce mensualidades sobre las cuotas de pago habituales de la comunidad, siempre descontando las ayudas o las subvenciones a las que se pudiera acceder para que la obra fuese más barata. En el caso de que el presupuesto sea superior a esta cantidad, existen dos opciones que podemos tomar. Bien la persona interesada tendría que asumir el pago del resto del dinero o por medio de una votación, o bien, aceptar los vecinos en mayoría simple para repartir el presupuesto entre todos. 

Por lo que si queremos iniciar la instalación de un ascensor en nuestra comunidad de vecinos, ésta es una información realmente importante y útil que tendremos que conocer para saber qué camino tomar. De esta forma, podremos fomentar la accesibilidad de nuestro edificio de cara al futuro y poder otorgar a las personas que viven allí una mayor calidad de vida en movilidad. Uno nunca sabe cuándo va a tener que necesitar hacer uso de un ascensor, por lo que lo mejor es tenerlo desde ya a mano y empezar a disfrutar con tranquilidad de todas las ventajas que puede proporcionar en el día a día.

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