INICIA TU PROYECTO DE REFORMA DE VIVIENDA: REQUISITOS Y NORMATIVA

proyecto-reforma-hogar

Una casa o un piso supone uno de los mayores bienes que podemos tener; es el espacio privado en el que pasamos buena parte de nuestros ratos y el que tratamos de convertir en un lugar confortable y personal en el que sentirnos a gusto. Por esa razón, es normal que muchos de los inmuebles que se compran o alquilan no alberguen las características deseadas por el inquilino o inquilinos; los proyectos de reforma de una vivienda suponen un procedimiento habitual en muchos hogares, aunque la proporción de la obra varía según el tipo de modificación que se quiere realizar.

Un proyecto de vivienda representa una inversión de presupuesto, tiempo, contactar con una oficina técnica, la contratación de profesionales para llevarlo a cabo y, también, una serie de requisitos ineludibles que variarán en función del tipo de reforma que queramos llevar a cabo. Evidentemente, cuanto más grande y elaborada sea la reforma, más posibilidades hay de tener que proceder a distintos trámites, siempre gestionados por órganos municipales como los ayuntamientos, ante los cuales habrá que presentar una determinada documentación y, en ocasiones, el pago de una serie de tasas.

A continuación veremos algunas de las características del procedimiento a seguir según el tipo de obra que se pretenda realizar:

Obras mayores

Tal como decíamos antes, un proyecto mayor implicará tanto un despliegue de medios superior como una serie de trámites más extensos. Para lograr la tramitación de licencia para obras mayores, debemos saber que no podrán ser realizadas sin la supervisión de un profesional del gremio como por ejemplo un arquitecto técnico o un ingeniero; estos confirmarán la viabilidad del proyecto, disipando posibles dudas sobre el riesgo de llevarlo a cabo.

Las obras mayores harían referencia a proyectos de gran envergadura, como por ejemplo la edificación de un bloque de viviendas. También se incluirían en esta categoría reformas integrales de viviendas y de comercios, que impliquen una remodelación de la estructura de la construcción.

Obras menores

Este tipo de obras suelen ser más cuantiosas, de manera que su correspondencia a esta categoría y los requisitos asociados para su puesta a punto requerirán de una mayor especificación en base a subcategorías. Podemos distinguir entre obras que no necesitan ningún tipo de licencia ni de pago de tasas para llevarse a cabo (exceptuando si se producen escombros y se coloca un contenedor en la vía pública, en cuyo caso habría que pagar la tas correspondiente por ocupación de la vía pública); también tenemos aquellas obras que, a pesar de sí requerir una licencia municipal para su ejecución, no requieren del pago de tasas (no implican cambios estructurales relevantes). Finalmente, también podemos distinguir aquellas obras que necesitan tanto una licencia como un pago de tasas, y en cuyo caso sí que se producen cambios estructurales en el inmueble.

Este tipo de tramitaciones, por regla general, se basa en presupuestos mucho más reducidos que en los casos de obra mayor, y su dificultad es mucho más sencilla. Se producen de forma mucho más asidua y, por regla general, tratan reformas tanto en viviendas como locales, pero que se basan en obras de menor dificultad.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *