Cómo gestionar correctamente los residuos de una obra

La correcta gestión de los residuos no debe circunscribirse únicamente a la basura generada en el día a día, sino que debe hacerse extensible a cualquier tipo de resto no biodegradable que generemos. Y una situación en la que se generan muchos, muchísimos, restos es en una obra.

Retirar los residuos de una obra es fundamental no solo desde el punto de vista ecológico, sino también legal. Y es que el Real Decreto 105/2008 regula “la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición”.

Obligaciones del productor

Así, en el artículo 4 del citado texto, se especifican las obligaciones del productor de residuos, en el que se indica la obligación de incluir en el proyecto la cantidad (en toneladas y metros cúbicos) de los residuos que se generarán, así como las medidas de prevención y las operaciones previstas para la reutilización y eliminación de los mismo.

En este sentido, el artículo 11 señala claramente la prohibición de depositar en el vertedero los residuos generados por la construcción “que no hayan sido sometidos a alguna operación de tratamiento previo”, de ahí la importancia de contratar una empresa de alquiler de contenedores para que se hagan cargo de dichos residuos.

De esta forma, será necesario la entrega “a un gestor de residuos” que se encargue, siempre que el individuo no puede hacerlo personalmente, del tratamiento de los residuos, los cuales se destinarán “preferentemente a a operaciones de reutilización, reciclado o a otras formas de valorización”, según lo recogido en el RD en su quinto artículo.

Régimen sancionador

Por su parte, la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados recoge algunas de las penas económicas a las que se puede enfrentar quienes no hagan un correcto tratamiento de los residuos, los cuales se clasifican en muy graves, graves y leves.

En la primera categoría, la ley recoge prácticas como el abandono o eliminación “incontrolada” de cualquier tipo de residuos “siempre que se haya puesto en peligro grave la salud de las personas o se haya producido un daño o deterioro grave para el medio ambiente”, la ocultación de pruebas o la no realización de operaciones de limpieza y recuperación del suelo, entre otros. Para estas infracciones, el texto recoge multas de entre 45,001 hasta 1,750,000 euros, siempre y cuando los residuos no sean peligrosos, en cuyo caso la multa sería desde 300.001 euros hasta 1.750.000 euros.

Por infracciones graves, el documento entiende el abandono o eliminación “incontrolada” de residuos no peligrosos “sin que se haya puesto en peligro grave salud de las personas”, la falta de fianzas o el incumplimiento de convenios, entre otros. Las multas en este caso irían desde los 901 euros hasta los 45,000, excepto si son residuos peligrosos, lo que tendría una sanción de entre 9,001 hasta 300,000 euros.

Por último, las infracciones leves incluyen las mismas prácticas que los casos anteriores, pero “por su escasa cuantía o entidad, no merezcan la clasificación de muy graves o graves”, según reza la ley. Las multas aquí serían de hasta 900 euros, pero subiría a los 9,000 si se tratase de residuos peligrosos.

 

No cabe duda de que, mejor que pagar esa cantidad, es preferible contar con profesionales que hagan las cosas como se debe.

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